Canal de denuncias de SAFRÀ SAFOR
Bienvenido al canal de denuncias de SAFRÀ SAFOR S.L., implantado en cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (en adelante, la «Ley 2/2023»).
El presente canal se regirá por los principios de accesibilidad, buena fe, compromiso, confidencialidad, imparcialidad, prohibición de represalias (sin perjuicio de la posibilidad de adoptar las medidas oportunas en caso de uso de mala fe o inadecuado del canal, según se expone a continuación), cultura de cumplimiento, transparencia, presunción de inocencia y derecho al honor.
A través de este canal, usted podrá (siempre que se encuentre dentro del ámbito personal de aplicación de la Ley 2/2023, según se define en su artículo 3, el cual incluye, entre otros, a los/as trabajadores/as por cuenta ajena de SAFRÀ SAFOR informar de manera completamente confidencial sobre cualquiera de las siguientes irregularidades:
- acciones u omisiones que puedan constituir infracción penal o infracción administrativa grave o muy grave. En todo caso, se entenderán comprendidas todas aquellas infracciones penales o administrativas graves o muy graves que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.
- acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea, en los términos previstos en el artículo 2.1.a) de la Ley 2/2023,
Para poder utilizar este canal, será condición indispensable que Vd. tenga motivos razonables y fundamentados para considerar que la información transmitida es veraz. En ningún caso podrá actuar de mala fe o a sabiendas de la falsedad de la referida información. Si lo hiciera, SAFRÀ SAFOR podrá adoptar las medidas legales (incluidas las disciplinarias, en aquellos casos en los que procedan) que resulten oportunas.
Las comunicaciones formuladas a través de este canal serán recibidas y tramitadas por el Responsable del Sistema Interno de Información de SAFRÀ SAFOR, de conformidad con los términos y condiciones aprobados por SAFRÀ SAFOR en cada momento, siempre en cumplimiento de la legislación vigente.
Preguntas frecuentes
¿Puedo realizar una comunicación a través del canal de denuncias de forma anónima?
Sí, usted puede realizar la comunicación, a su elección, tanto de manera anónima, como a través de su identificación personal.
En caso de que me identifique con mis datos personales, ¿se respetará mi confidencialidad?
Sí, SAFRÀ SAFOR garantiza expresamente la confidencialidad para todas aquellas personas que utilicen este canal de denuncias, con independencia de que lo hagan de forma anónima o a través de su identificación personal.
¿Cómo puedo saber si mi comunicación ha sido recibida correctamente por SAFRÀ SAFOR?
Una vez usted envíe su comunicación a través del canal de denuncias, SAFRÀ SAFOR -a través del Responsable del Sistema Interno de Información- dispondrá de un plazo de siete días naturales para acusar recibo de su comunicación e informarle de su admisión a trámite o bien su inadmisión, en caso de que la comunicación esté fuera del ámbito objetivo del Canal de Denuncias (según lo dispuesto anteriormente) y/o en los casos en los que la comunicación carezca de la información mínima para poder ser tramitada y dar lugar a la correspondiente investigación.
Una vez haya efectuado una comunicación, ¿puedo contactar con el Responsable del Sistema Interno de Información para ampliar o matizar la información remitida?
En caso de que usted se identifique personalmente a la hora de realizar la comunicación, podrá optar, si así lo desea, por designar un domicilio o dirección email a efectos de comunicaciones. En tal caso, el Responsable del Sistema Interno de Información, si lo entendiese oportuno, podrá ponerse en contacto con usted para solicitar cualquier información adicional que necesite.
¿Puedo adjuntar archivos como prueba o soporte de mi comunicación?
Sí, usted podrá aportar las pruebas que estime oportunas como parte de su comunicación. Para ello, el canal de denuncias le ofrece la opción de adjuntar archivos que deberán tener formato PDF y un tamaño máximo de 2MB.
¿Puedo hacer un seguimiento de una comunicación previamente realizada por mí?
Sí, cuando usted finalice el proceso de comunicación de información, se le asignará un código de identificación único y correlativo. Deberá conservar este código para hacer un seguimiento del estado en el que se encuentra el proceso de investigación.
¿Cuál es la duración estimada del proceso de investigación?
El proceso de investigación tendrá una duración máxima de tres meses. No obstante, en casos de especial complejidad, el Responsable del Sistema Interno de Información podrá acordar la ampliación de dicho plazo por un máximo de tres meses más.
Como trabajador/a por cuenta ajena de SAFRÀ SAFOR, ¿puedo ser sancionado/a en caso de hacer un mal uso del canal de denuncias?
Sí, en caso de que usted carezca de motivos razonables y fundamentados para considerar que la información transmitida es veraz, actúe de mala fe o a sabiendas de la falsedad de la referida información, SAFRÀ SAFOR podrá adoptar las medidas legales (incluidas las disciplinarias) oportunas.
¿Se garantizará la imparcialidad de la investigación y el trato justo de las personas afectadas por la información objeto de comunicación?
Sí, SAFRÀ SAFOR utilizará todos los medios de los que dispone para gestionar objetivamente las comunicaciones realizadas a través del canal de denuncias. El Responsable del Sistema Interno de Información llevará a cabo una investigación exhaustiva y rigurosa de los hechos comunicados y garantizará un trato justo para todas las personas afectadas.
¿Se presumirá la inocencia de las personas afectadas por la información objeto de comunicación?
Sí, se garantizará el derecho a la presunción de inocencia y al honor de las personas afectadas por la comunicación a lo largo de todo el procedimiento de investigación.